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jueves, 28 de febrero de 2013

Circular de Adopción NIIF Nro.4

En el día de ayer la FACPCE publicó la Circular de Adopción NIIF Nro. 4, la cual actualiza las normas internacionales en vigencia para aquellos entes que apliquen la Resolución Técnica Nro. 26.
 
La circular estará en período de consulta hasta el próximo 29 de marzo de 2013.
 
El anexo, con el detalle de las modificaciones a las normas puede verse en: http://www.facpce.org.ar/web2011/Noticias/noticias_pdf/anexo_circular_4.pdf

El resumen de las normas incluidas en dicha circular son las siguientes:

Normas Modificadas o reemplazadas

Norma

Titulo

Aprobación IASB

Vigencia

NIIF 1         

Adopción por primera vez de las normas internacionales de información financiera

Octubre de 2012

01/01/2014

NIIF 3

Combinaciones de negocios

Octubre de 2012

01/01/2014

NIIF 7   

Instrumentos Financieros – Información a revelar

Octubre de 2012

01/01/2014

NIIF 10      

Estados financieros consolidados

Octubre de 2012

01/01/2014

NIIF 11

Acuerdos conjuntos

Junio de 2012

01/01/2013

NIIF 12 

Información a revelar sobre participaciones en otras entidades

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 7        

Estado de flujos de efectivo

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 12       

Impuesto a las ganancias

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 24  

Información a revelar sobre partes relacionadas

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 27

Estados financieros separados

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 32

Instrumentos financieros: presentación

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 34

Información financiera intermedia

Octubre de 2012

01/01/2014

NIC 39

Instrumentos financieros: reconocimiento y medición

Octubre de 2012

01/01/2014

Mejoras anuales

Norma

Titulo

Aprobación IASB

Vigencia

Ciclo 2009-2011
 

Mejoras a:  NIIF 1,  NIC 1, NIC 16, NIC 32, NIC 34 y CNIIF 2

Mayo de 2012

01/01/2013
 

domingo, 24 de febrero de 2013

IGJ, sociedades fantasma y muertos que firman


En el día de hoy salió publicado en el diario La Nación un artículo de Hugo Alconada Mon escrito en base a una investigación realizada sobre la Inspección General de Justicia (IGJ) y su accionar para detectar empresas fantasmas o con irregularidades.

Sacando de lado un cierto tenor político que tiene la nota (y que no es intención de este blog entrar en dicho debate) si se pueden obtener algunos datos de interés, según el artículo:
  1. “La IGJ detectó más de 600 sociedades que ampliaron su capital, modificaron su domicilio o incluso se constituyeron con personas fallecidas hasta 15 años atrás.”
  2. “En esa línea, un amplio porcentaje de las sociedades constituidas por muertos son "consultoras", con objetos sociales amplios, en tanto que los fallecidos figuran inscriptos ante la AFIP en ese rubro. Más aún, en la mayoría el difunto apareció como se presidente, para después cambiar las autoridades y desaparecer del Boletín Oficial.”
  3. “El hallazgo de esas sociedades fue el fruto de un proceso de depuración que entre fines de 2011 y principios de 2012 llevaron adelante los técnicos de la IGJ”, proceso que los contadores padecimos bajo el nombre el reempadronamiento.
  4. “Ese esfuerzo de sus técnicos permitió detectar más de 24.200 sociedades activas en los que aparecían fallecidos como miembros de directorios y consejos de administración, es decir, funciones en las que debían firmar documentos de esas sociedades.”
  5. “La diferencia entre ambos grupos es que en el universo más amplio, las 24.200 entidades presentaron algún trámite con todos sus miembros vivos, pero luego uno de ellos falleció sin que se informara el deceso a la IGJ, ni se designó a otra persona en su reemplazo. En el mejor de los casos, por desidia o porque la firma se desarmó en los hechos.”
  6. “En el segundo grupo, derivado del primero y con poco más de 600 firmas, en cambio, el fallecimiento ocurrió antes de que alguien presentara el trámite de la sociedad con su rúbrica ante la IGJ, es decir, a sabiendas de que el muerto estaba ya bajo tierra.”
  7. “La existencia irregular de esas entidades debería también ser informada a la unidad antilavado (UIF) y a la AFIP, ya que, según muestran los antecedentes históricos, estas firmas son instrumentos habituales para el lavado de activos y la evasión.”

Aunque la nota demuestra que el organismo debe mejorar en sus políticas internas para evitar y detectar estos casos creo que es importante destacar que la profesión debe reforzar ciertas prácticas a fin de poder detectar a posibles clientes que oculten su verdadero cometido y busquen estafar al profesional en su buena fé.
Obviamente dejo de lado a aquellos profesionales que, a sabiendas, deciden trabajar igualmente con estos “clientes”, pero se sabe que en la actualidad, con la escusa de mantener honorarios para no quedar fuera de mercado, muchos profesionales aceptan infinidad de clientes para poder tener un ingreso que sea acorde a sus necesidades, sobre los cuales no siempre pueden desarrollar (por falta de tiempo) todos los procedimientos que le permitan saber si uno se está actuando como cómplice  de una empresa fantasma.
Aplicar a conciencia la política de “conozca a su cliente”, tan difundida a partir de las resoluciones de la UIF, el desarrollo de verdaderos procedimientos de auditoría y la correcta y verdadera supervisión por parte del profesional de los trabajos encomendados a terceros son prácticas necesarias para evitar la situación antes descripta.